La Administración Federal de Aviación de Estados Unidos (FAA) ordenó inspecciones específicas en determinados aviones de la familia Boeing 737 NG por una condición relacionada con el estabilizador horizontal. La disposición está contenida en la directiva de aeronavegabilidad AD 2026-20-14, publicada el 19 de octubre de 2026, y comenzará a ser obligatoria el 23 de noviembre.
Qué aviones están incluidos
La medida cubre aeronaves Boeing 737-600, 737-700, 737-700C, 737-800, 737-900 y 737-900ER identificadas en el boletín de servicio Boeing 737-55A1104 RB. La directiva no alcanza al Boeing 737 MAX, cuya familia no aparece entre los modelos afectados por esta instrucción de mantenimiento.
| Elemento | Disposición de la FAA |
|---|---|
| Directiva | AD 2026-20-14 |
| Entrada en vigor | 23 de noviembre de 2026 |
| Zona inspeccionada | Articulaciones de pivote y husillo de accionamiento del estabilizador horizontal |
| Familia excluida | Boeing 737 MAX |
La condición que debe comprobarse
La FAA relacionó la instrucción con reportes de oscilaciones de cabeceo atribuidas a una holgura excesiva en el sistema del estabilizador horizontal. Por ello, los operadores deberán medir el juego existente tanto en las articulaciones de pivote como en el husillo que acciona el conjunto. Las acciones posteriores dependerán de los resultados obtenidos y de los límites definidos en la directiva.
El estabilizador horizontal participa en el control del cabeceo, es decir, en el movimiento que hace que el morro del avión ascienda o descienda. La autoridad estadounidense advirtió que una condición fuera de los parámetros establecidos podría favorecer un fenómeno de flutter, una oscilación aeroelástica en la que intervienen las fuerzas aerodinámicas, la elasticidad y la inercia de la estructura. La advertencia no equivale a establecer que todos los aviones incluidos presenten esa condición: la obligación consiste en verificarla mediante el procedimiento indicado.
Plazos y coordinación con el mantenimiento
Durante el proceso de consulta previo a la decisión, Canadian North solicitó ampliar de 12 a 36 meses el plazo inicial para realizar las comprobaciones, con el argumento de coordinarlas con visitas de mantenimiento pesado. United pidió intervalos más amplios para componentes recién sustituidos. La FAA rechazó ambas solicitudes y mantuvo los plazos previstos para las piezas originales, nuevas o reemplazadas.
La directiva obliga a los operadores a incorporar esta tarea a su planificación de mantenimiento y a evaluar los resultados conforme a los límites técnicos establecidos. El debate recogido durante la consulta muestra una tensión habitual en la gestión de flotas: coordinar una inspección con trabajos ya programados puede facilitar el acceso al componente, la disponibilidad del personal y el suministro de repuestos, pero la autoridad mantuvo el intervalo que considera aplicable para controlar el desgaste.
- La disposición se aplica a determinados 737 NG, no a toda la familia de manera indiscriminada.
- La revisión debe abarcar el juego en las articulaciones de pivote y en el husillo de accionamiento.
- Las medidas posteriores dependen de los valores encontrados durante la inspección.
La publicación de la FAA establece una exigencia regulatoria para los operadores alcanzados por la identificación del boletín Boeing. La información disponible no precisa cuántas aeronaves de cada modelo están incluidas ni qué aerolíneas fuera de Estados Unidos deberán ejecutar la inspección; esa determinación depende de los registros de cada operador y de la adopción correspondiente por parte de otras autoridades aeronáuticas.