Los viajeros que tengan un vuelo internacional hacia Estados Unidos deberán incorporar un nuevo trámite a sus preparativos. De acuerdo con la información publicada por Food and Travel, los Centros para el Control y la Prevención de Enfermedades (CDC) anunciaron una declaración sanitaria obligatoria que comenzará a aplicarse el 3 de noviembre de 2026.
La medida está relacionada con la prevención del ébola y se aplicará a los pasajeros que lleguen al país por vía aérea, incluso cuando Estados Unidos sea únicamente un punto de conexión. La exigencia no queda restringida a quienes viajen desde África: el reporte indica que también cobija vuelos procedentes de México, Europa, Asia y otros países, sin importar la nacionalidad del pasajero ni la ciudad estadounidense de destino.
Qué debe declarar el pasajero
El documento busca que cada viajero confirme que no estuvo en la República Democrática del Congo durante los 21 días anteriores al vuelo. El formato fue publicado por los CDC y debe diligenciarse y firmarse antes de abordar. La declaración es individual, por lo que contiene los datos del pasajero y su firma.
La información disponible no presenta la declaración como un trámite opcional ni limitado a una aerolínea específica. Por eso, quienes tengan una reserva hacia Estados Unidos después de la fecha de entrada en vigor deben revisar el formato oficial y llevar preparada la información requerida antes de dirigirse al aeropuerto. La disposición alcanza tanto a los pasajeros cuyo destino final está en ese país como a quienes continúan su viaje después de una escala.
- Inicio de la medida: 3 de noviembre de 2026.
- Quiénes deben cumplirla: pasajeros de vuelos internacionales con destino a Estados Unidos, incluidos los viajeros en tránsito.
- Qué se declara: que el pasajero no estuvo en la República Democrática del Congo en los 21 días previos al vuelo.
- Cómo se formaliza: mediante el formato individual de los CDC, que debe completarse y firmarse antes del embarque.
La regla también contempla a los menores
En el caso de los menores de edad, la firma no tiene que ser realizada directamente por el niño o adolescente. El reporte señala que un padre, tutor u otra persona autorizada puede suscribir la declaración en su representación. Esta previsión resulta relevante para las familias que viajen juntas, pues deberán comprobar que cada menor cuente con su formulario individual y con la firma de quien esté habilitado para actuar por él.
| Aspecto | Información publicada |
|---|---|
| Fecha de aplicación | 3 de noviembre de 2026 |
| Ámbito | Vuelos internacionales hacia Estados Unidos, incluido el tránsito |
| Periodo que se revisa | 21 días antes del vuelo |
| Entidad que anunció la medida | Centros para el Control y la Prevención de Enfermedades (CDC) |
La declaración se suma a los documentos que normalmente deben verificar los pasajeros antes de un viaje internacional, como el pasaporte y, cuando corresponda, la visa. La nueva exigencia sanitaria no reemplaza esos requisitos de entrada. Antes de salir, el viajero debe comprobar que el formulario esté completo, firmado y disponible para presentarlo durante el proceso de embarque, especialmente si su itinerario incluye una conexión en Estados Unidos.
La disposición fue anunciada en el contexto de un brote en la República Democrática del Congo, pero su alcance se definió por el destino del vuelo y no por la nacionalidad del pasajero. La información publicada no detalla en el fragmento disponible el procedimiento para entregar el documento en el aeropuerto ni si tendrá costo, por lo que esos aspectos deben confirmarse directamente en las instrucciones oficiales de los CDC antes de la fecha de viaje.